Condiciones generales
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I. Condiciones generales

1. Las siguientes condiciones se aplicarán a todos los pedidos. Asimismo, las declaraciones efectuadas por ambas partes tanto por escrito como por medios digitales deberán prevalecer respecto al alcance del suministro o de la prestación del servicio (en lo sucesivo: suministros).

Las condiciones comerciales generales del cliente serán válidas, siempre y cuando el proveedor o prestador del servicio, Tooltechnic Systems AG & Co. KG (en lo sucesivo: proveedor), las haya aceptado expresamente por escrito. Los acuerdos verbales que tengan lugar con anterioridad o en el momento de la formalización del contrato, requerirán para su validez la ratificación escrita del proveedor.

2. Todas las ofertas están sujetas a la confirmación por parte del cliente y, por tanto, los presupuestos del proveedor se entenderán sin compromiso. El proveedor se reserva, en todo caso, sus derechos de explotación de la propiedad y de autor, sin restricciones, respecto a los presupuestos, dibujos y otros documentos suministrados (en lo sucesivo: documentos). Sin el consentimiento del proveedor, los documentos no pueden copiarse ni ponerse a disposición de terceros. En el caso de que el pedido finalmente no se llevara a cabo, los documentos deberán ser devueltos en su totalidad y de forma inmediata, a petición escrita del proveedor. Lo indicado con anterioridad se aplicará para los documentos del cliente; si bien éstos se podrán poner a disposición de terceros a los que el proveedor haya cedido las entregas, con su debido permiso.

3. El cliente tiene derecho de uso no exclusivo del software estándar con las características acordadas y sin cambios en los dispositivos convenidos. El cliente puede, en cualquier caso y sin acuerdo expreso, producir dos copias de seguridad.
4. Tras la aceptación del cliente, se permitirá, en todo caso, la entrega y facturación parcial del suministro.

II. Precios y condiciones de pago

1. Los precios establecidos se entienden puestos a disposición en el propio almacén sito en Wendlingen (Alemania), excluyendo el embalaje y el correspondiente impuesto aplicable sobre la venta.

La facturación se calculará en base a la lista de precios vigente en el momento del suministro, estando todas las entregas sujetas a IVA, salvo disposición en contra.

2. Salvo acuerdo en contra, en el supuesto en que la confección y el montaje hayan ido a cargo del proveedor, el cliente abonará, además del coste convenido, todos los gastos adicionales, tales como: costes de viaje, costes para el transporte de las herramientas y equipaje personal y dietas.

3. Los pagos deben efectuarse libre de cargos para el proveedor.

III. Reserva de propiedad

1. El proveedor se reserva la propiedad y titularidad de los productos suministrados (mercancía reservada) hasta que no hayan sido cumplidas todas las obligaciones resultantes de las relaciones comerciales con el cliente. En el caso de acordarse de antemano y por escrito el pago a través de una letra de cambio, el derecho de propiedad no será trasferido hasta que la letra de cambio haya sido abonada de forma irrevocable. En caso de que el valor de las garantías que correspondan al proveedor superara, en más del 10%, los créditos asegurados, el proveedor liberará, a petición del cliente, una parte correspondiente de dichas garantías.

2. El cliente podrá vender o servirse de la mercancía con reserva de dominio dentro del ámbito de su actividad comercial habitual, siempre y cuando no se haya retrasado en ninguno de los pagos. Dicha mercancía no podrá pignorarse ni transmitirse como garantía.

3. Como garantía a favor del proveedor, el cliente le cede en el presente acto todos los derechos que le pudieran corresponder por razón de una reventa u otros supuestos frente a terceras personas. Siempre que el Distribuidor cumpla debida y adecuadamente con sus obligaciones de pago con el proveedor, el primero estará autorizado a atender estas reclamaciones.

4. El cliente podrá procesar, transformar y combinar la mercancía con reserva de dominio, con otros elementos, como parte de una actividad comercial adecuada. En el caso de que se procese o transforme la mercancía, el proveedor tendrá derecho a hacer suyo, como propietario, cualquier nuevo elemento resultante de ello, tal y como se establece en la cláusula III.1. El cliente cede mediante este acto dicho derecho al proveedor.

5. El cliente se compromete a informar inmediatamente al proveedor, en caso de llevar a cabo cualquier acto de pignoración, embargos, otras obligaciones o restricciones legales o intervención de terceros.

6. En caso de incumplimiento contractual por parte del cliente, en especial, ante retrasos en los pagos, el proveedor se reserva el derecho de retirar los productos suministrados. En el caso de ejercicio de tal derecho, el cliente estará obligado a la entrega inmediata y completa de los mismos. En el caso de empeorar considerablemente la situación financiera del cliente, también será de aplicación lo previsto en este apartado.

7. Salvo manifestación expresa del proveedor, no será aplicable la resolución del contrato en los supuestos de anulación, aplicación de la reserva de dominio o embargo de la mercancía.

IV. Plazos de entrega y demora

1. Los plazos de entrega acordados se tendrán en cuenta a partir de la salida de la mercancía desde la fábrica o la oficina de envío. Sólo podrán cumplirse los plazos de entrega si se han recibido a tiempo todos los documentos, permisos y autorizaciones necesarias, sobre todo de planos y si se han cumplido por parte del cliente las condiciones de pago o anticipos acordados y demás obligaciones. Si estas condiciones previas no se cumplen en el plazo y la forma debida, los plazos de entrega se prolongarán consecuentemente, Lo mencionado con anterioridad no será de aplicación cuando el retraso referido sea causado por el proveedor.

2. En los casos de fuerza mayor, el plazo de entrega quedará ampliado proporcionalmente sin que ello dé derecho a posibles reclamaciones del cliente por daños y perjuicios. A este respecto, nos referimos a movilizaciones, guerra, motines o acontecimientos similares o circunstancias que quedan fuera del área de influencia del proveedor y que podrían impedir una gestión correcta del pedido – sobre todo por retrasos de las entrega por parte de subcontratistas del proveedor, fallos de transporte o de la producción, conflictos laborales, etc.

3. En caso de que el envío o la entrega se demore por voluntad del cliente por plazo superior a un mes, a contar desde la fecha en que la mercadería estuvo disponible, podrá facturarse al cliente un importe, en concepto de gastos de almacenaje, equivalente al 0,5% del precio del objeto almacenado por cada mes o fracción, con un límite máximo de un 5% del importe de dicho objeto. Las partes no tienen la obligación de demostrar que los costes de almacenaje son superiores o inferiores.

V. Exportación

1. Las mercancías suministradas por el proveedor sólo pueden exportarse a otros países distintos de aquellos indicados en el pedido, siempre y cuando se dé la aprobación previa por escrito del proveedor. Esta cláusula no se aplicará en las reexportaciones dentro del territorio del Mercado Común Europeo.

2. El cliente de un sistema de distribución selectivo no está autorizado a vender a distribuidores que no sean miembros del sistema de distribución selectivo del proveedor. En el caso de dudar de si un distribuidor es miembro o no del sistema de distribución selectivo, el cliente deberá obtener el consentimiento del proveedor.

3. Adicionalmente, el cliente se compromete a no ofrecer activamente los productos objeto del contrato ni directa ni indirectamente a compradores en zonas exclusivas. El cliente podrá obtener una lista de las zonas exclusivas, siempre y cuando lo solicite al proveedor.

4. En caso de incumplimiento, el proveedor tendrá derecho, sin previo aviso, a resolver el contrato a través de una simple notificación por escrito o a anular pedidos en curso y pedidos futuros. El proveedor tendrá también derecho a reclamar por los daños ocasionados.

5. El cliente se compromete a cumplir las disposiciones aplicables sobre el comercio exterior, el Tratado de Wassenaar y las “US Export Administration Regulations” en la exportación de los productos y la prestación de servicios adquiridos al proveedor.

VI. Envío / Transmisión de riesgo / Reclamaciones o defectos / Recepción

1. El envío de la mercancía se realizará “ex works” por cuenta y riesgo del cliente desde el almacén u oficina de envío del proveedor a la dirección de envío del cliente conocida por el proveedor o indicada por el cliente. A petición escrita del cliente y a su cargo, los suministros del proveedor se asegurarán en la medida deseada frente a los riesgos de transporte.

2. En caso de que el proveedor esté obligado, según la regulación aplicable, a recibir de vuelta el embalaje utilizado para el transporte, los costes incurridos en dicho transporte de vuelta, así como los especificados para su reutilización o –en la medida de los posible y si es considerado oportuno por el proveedor– los costes correspondientes para una reutilización del embalaje irán a cargo del cliente.

3. El riesgo -incluso en suministros libres de portes- lo asumirá el cliente según las siguientes disposiciones:

a) En los suministros sin instalación o montaje, desde el momento en que se pone a disposición en el muelle de carga para ser recogido por la persona que realiza el transporte.

b) En los suministros con instalación o montaje, el día de la recogida o puesta en servicio en el establecimiento del cliente o, si así se hubiera acordado, después de un período funcionamiento sin defectos.

4. Si el envío, la entrega, la puesta en marcha, la realización de la instalación o montaje, la aceptación o puesta a punto in situ o el funcionamiento de prueba, se hubiera retrasado por el cliente por motivos justificados o si la aceptación por parte del cliente se demorara por otras razones, el cliente asumirá el riesgo desde el momento en el que se produjo el retraso.

5. El cliente deberá notificar inmediatamente al proveedor por escrito cualquier reclamación basada en un suministro incompleto, o incorrecto o como resultado de defectos reconocibles. Los defectos que no se detecten en primera instancia deben notificarse al proveedor inmediatamente después de su detección. En la reclamación deben indicarse los adhesivos identificativos, los números de albarán/factura o la tarjeta de control anexa al envío.

No serán aplicables las reclamaciones de garantías cuando la perceptiva comunicación de defectos no sea remitida dentro de los plazos establecidos.

6. El cliente deberá aceptar las entregas aunque presenten desperfectos leves.

VII. Pago

1. Los pagos deben realizarse según los términos de pago acordados por las partes. Se considerarán cumplidos los términos de pago previstos en el contrato en el momento de recibir el cobro o crédito irrevocable de las transferencias, cheques o letras de cambio en la cuenta del proveedor. Todo ello en la medida en que el pago haya sido aprobado por escrito por el proveedor.

2. El pago íntegro de la factura deberá de efectuarse a los 30 días de la fecha de emisión de la misma, a menos que se especifiquen otras condiciones de pago en la propia factura.

3. Los costes de reparación y montaje o los de información del producto deberán abonarse en su totalidad de forma inmediata.

4. Llegado al vencimiento sin haber procedido al pago por parte del cliente, el proveedor tendrá derecho a reclamar, sin perjuicio de otros derechos previstos en este contrato, los intereses de demora establecidos por el Banco Central Europeo.

5. Si, debido a circunstancias posteriores, se produce un considerable empeoramiento de la situación económica del cliente que ponga en peligro el cobro de las deudas pendientes por parte del proveedor, éste tendrá derecho a exigir el pago inmediato de las cuentas pendientes respecto a esta relación comercial. Las presentes disposiciones serán también aplicables en la moratoria o aceptación de letras de cambio y cheques. Sujeto a las mismas condiciones, el proveedor podrá exigir un pago anticipado u otras garantías para todas las transacciones en curso o para las futuras, en el caso en que el cliente haya sido mal pagador en negocios anteriores. El resto de disposiciones legales sobre el retraso en el pago no se verán afectadas por lo aquí dispuesto.

6. El cliente sólo podrá compensar aquellas reclamaciones que no sean objeto de discusión o hayan sido fijadas por los Tribunales.

7. Como norma general, las facturas se emitirán en Euros. El importe en Euros será también el que prevalezca, cuando en las facturas se indiquen al lado los importes en moneda extranjera. Las cantidades percibidas en moneda extranjera se compensarán a Euros según la cantidad denominada y acreditada en moneda extranjera.

8. El cliente y el proveedor acuerdan que la obligación de pagar, resultante de la relación contractual y los valores de la moneda/divisa definidos en este contrato, se establece en Euros. El cambio de la moneda extranjera a Euros se efectuará basándose en la tasa oficial de cambio anunciada en la fecha de conversión.

VIII. Responsabilidad por defectos

El proveedor responderá por los daños y perjuicios por él ocasionados y que produzcan lesiones personales, tales como muerte, daños a la integridad física o a la salud, que se hayan producido como consecuencia de una actuación negligente del proveedor, o una actuación dolosa o negligente por parte de un representante legal o un agente del mismo, así como por los daños y perjuicios por él ocasionados y que se hayan producido como consecuencia de una actuación con negligencia “grave” de sus obligaciones o por una actuación con negligencia “grave” de sus obligaciones por parte de un representante legal o un agente del proveedor.

Si se detectaran defectos en el material y/o la fabricación, el proveedor asumirá la responsabilidad de conformidad con las disposiciones legales específicas del país. Las modificaciones en la fabricación o ejecución solicitadas en la mercancía, que el proveedor haya realizado antes de la entrega del pedido, no darán derecho a reclamación.

El proveedor recomienda guardar en lugar seguro las instrucciones de uso, las normas de seguridad, la lista de las piezas de recambio y el comprobante de compra.

El proveedor asumirá las responsabilidades detalladas a continuación con las características siguientes expresamente garantizadas:

1. El plazo de garantía de los productos y mercancías del proveedor es de 12 meses y dicho período se iniciará en el momento de la entrega al cliente.

Los compromisos del proveedor hacia el cliente, en virtud de los cuales se conceda una ampliación del período de garantía por defectos del material, no se verán afectados por lo dispuesto en el párrafo 1.

2. El proveedor otorgará frente a los usuarios industriales y comerciales privados una garantía de 24 meses desde la fecha de compra, por los posibles defectos que aparezcan en el material suministrado respecto a todos los productos y  mercancías vendidas dentro de la Unión Europea. En el resto de supuestos, el proveedor establece una garantía no inferior a 12 meses respecto a los productos y mercancías suministrados y vendidos.

3. Tras la notificación de las posibles reclamaciones, cualquier garantía por defectos en el material quedará sin efecto una vez finalizados los períodos mencionados en el párrafo 1. No obstante, el proveedor deberá ser inmediatamente notificado por escrito de cualquier defecto descubierto.

4. El proveedor reparará gratuitamente los defectos que se presenten en el material suministrador dentro del periodo indicado de garantía por materiales defectuosos, pudiendo en cualquier caso optar entre reparar o reemplazar dichos productos. Las piezas reemplazadas pasarán a ser propiedad del proveedor.

5. Para que sea aplicable la garantía por defectos, serán requisitos imprescindibles que la compra de los materiales se haya producido dentro de la Unión Europea y que no haya transcurrido el plazo indicado para reclamar. El usuario deberá probar la compra del material a través de la factura original impresa, en la cual sea visible la dirección del comprador y del vendedor, la fecha de compra y la descripción exacta del tipo de producto. El producto reclamado deberá enviarse al proveedor o al taller autorizado más próximo para su reparación.

El producto no deberá ser abierto ni desmontado en ningún caso. Si la reclamación resulta estar justificada, el proveedor asumirá los costes del transporte de ida y vuelta desde y hacia las instalaciones del cliente, según la forma de transporte que estime más razonable. En caso contrario, será de aplicación lo establecido en el punto V. El cliente no tendrá derecho a reclamar si los gastos para la reparación de los defectos aumentan por el hecho de que el cliente haya entregado el producto en un lugar distinto del indicado en el pedido.

6. El cliente concederá al proveedor el tiempo suficiente para poder realizar la reparación y darle la oportunidad de rectificar los defectos.

7. El cliente no tendrá derecho para resolver el presente contrato ni exigir un rebaja del precio de compra, excepto en aquellos casos en los que el proveedor no pueda subsanar el defecto u ofrecer un producto alternativo, o en el caso en que la reparación o el suministro de reemplazo sea insatisfactoria.

8. La garantía no abarca el desgaste natural o los daños ocasionados después de la transmisión del riesgo, sobre todo en los supuestos de aplicación incorrecta, impropia y/o uso no profesional o manipulación negligente, uso abusivo o utillaje inadecuado del producto. En particular, el proveedor no responderá de cualquier modificación en la condición de los productos o en su modo de funcionamiento, debidos a un almacenaje inadecuado o por motivos climáticos u otras influencias externas. Asimismo, sólo se aceptarán reclamaciones si se han realizado de forma regular el mantenimiento y la limpieza del producto.

9. Tampoco será de aplicación la presente garantía, si el cliente o una tercera persona hubiera realizado modificaciones inadecuadas, reparaciones o hubiera instalado piezas de procedencia externa. En tales casos, el proveedor no asumirá ninguna responsabilidad sobre las consecuencias que se pudieran derivar de dichas manipulaciones.

10. El período de garantía no se renovará si se corrigen los defectos o si se efectúan entregas substitutorias o se prestan servicios substitutorios.

11. Quedan totalmente excluidos otros derechos de reclamación de garantía del comprador frente al proveedor y sus agentes.

IX. Derechos de propiedad industrial e intelectual

1. En el supuesto de que terceros reclamaran frente al cliente derechos fundados en la violación de un derecho de propiedad industrial o intelectual (en lo sucesivo: derechos protegidos) respecto a productos suministrados por el proveedor y utilizados en virtud de este contrato, este último podrá, a su elección y coste, asegurar el derecho de uso del producto, modificar el producto de tal forma que no se violen los derechos protegidos, o reemplazar el producto.

2. Las obligaciones del proveedor mencionadas anteriormente sólo serán aplicables, siempre y cuando el cliente haya informado al proveedor por escrito y de forma inmediata sobre los (supuestos) derechos reclamados por terceros, no reconozca ningún incumplimiento o violación y se mantengan las negociaciones (judiciales y extrajudiciales). No obstante lo anterior, las obligaciones mencionadas finalizan como máximo en el plazo de 5 años a contar desde la entrega del producto al cliente.

3. Las reclamaciones del cliente quedarán sin efecto alguno en el supuesto en que éste deba responder por la violación del derecho protegido. Asimismo, se excluirán las reclamaciones del cliente en la medida en que la violación del derecho protegido fuera consecuencia de indicaciones específicas del cliente, de una utilización no previsible para el proveedor, o de la modificación del objeto en cuestión por parte del cliente o de su utilización conjunta con artículos suministrados por terceros.

4. Quedan totalmente excluidas otras reclamaciones frente al proveedor. No obstante, el artículo XI (Responsabilidad) quedará intacto, así como el derecho del cliente a resolver el contrato.

X. Imposibilidad, adaptación contractual

1. El cliente tendrá derecho a reclamar una indemnización por daños y perjuicios en aquellos supuestos en los que no se lleve a cabo el suministro por culpa imputable al proveedor. No obstante, el derecho a indemnización por daños y perjuicios del cliente se limita al 10% del valor del objeto suministrado, el cual no haya podido ser utilizado para una operación relevante debido a la imposibilidad de suministro. Esta limitación de responsabilidad no será aplicable en los casos de dolo, negligencia grave o en aquellos supuestos en los que la responsabilidad es obligatoria por la imposibilidad de actuación. Las presentes disposiciones no suponen un cambio de la carga probatoria en perjuicio del cliente. En estos casos, el cliente seguirá ostentando del derecho a resolver el contrato.

2. En aquellos casos en que concurran acontecimientos imprevisibles, según lo dispuesto en el artículo IV No. 2, que modificaran considerablemente el significado económico o el contenido del servicio, o influyeran en la actividad del proveedor, el contrato se adaptará bajo las premisas de la buena fe. El proveedor tendrá derecho a resolver el contrato en el caso en que esto no sea justificable económicamente. Si el proveedor desea hacer uso de este derecho de resolución, deberá comunicárselo inmediatamente al cliente, incluso aunque se hubiera acordado previamente una prolongación del plazo de entrega.

XI. Responsabilidad

El cliente no tendrá derecho a reclamar ninguna compensación en caso de incumplimiento del contrato, incumplimiento de las obligaciones durante las negociaciones del mismo o en caso de actos ilícitos. Lo dicho anteriormente no será aplicable en casos de negligencia grave o dolo, o en aquellos supuestos en que exista resolución judicial y la ley aplicable establece alguna responsabilidad o incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales.
La reclamación por daños por el incumplimiento de obligaciones contractuales se limita al daño razonable previsible de naturaleza contractual, excepto en casos de dolo o de negligencia grave. Las presentes disposiciones no suponen un cambio de la carga probatoria en perjuicio del cliente.

XII. Lugar de jurisdicción y legislación aplicable.

1. En todos aquellos supuestos en los que el cliente sea un comerciante y no tenga un lugar de residencia a nivel nacional, o traslade después de la conclusión del contrato su residencia habitual fuera de su país, o se desconozca en el momento de la presentación de la demanda su domicilio o residencia habitual, la jurisdicción aplicable para los litigios que resulten directa o indirectamente de la relación contractual, será la sede central o la sede de la sucursal del proveedor o aquella jurisdicción que a elección de este último sea permitida por las leyes.

2. La legislación aplicable en las relaciones contractuales será la ley de la Republica Federal Alemana. Se excluye la aplicación de otras disposiciones del derecho de colisión alemán, en la medida en que dichas disposiciones determinen la aplicación de otra normativa extranjera, así como las Leyes Uniformes de Compraventa de la Haya, las normas de compraventa de las Naciones Unidas u otros convenios sobre la venta de mercancías.

3. El contrato y en particular los términos y condiciones de venta mantendrán su vigencia en todas las secciones restantes, aún en el caso de que ciertos puntos fueran declarados legalmente nulos. Esta disposición no será aplicable, en el supuesto en que las modificaciones representara para una de las partes una disconformidad que no fuera admisible.

4. Las disposiciones anteriormente mencionadas serán también aplicables en operaciones de exportación, en los supuestos en los que la normativa de los países importadores entre en conflicto con estas condiciones de suministro.